1- Recientemente ha salido el Fallo de la Sentencia al respecto de la Demanda presentada por los Compañeros Conductores que se vieron sorprendidos el 3 de agosto de 2010 (como siempre en verano para no dar tiempo de reacción), por un acuerdo firmado por CCOO y CSIF, utilizando la Supermesa Excluyente, en la que se realizó una reestructuración profunda de las condiciones laborales de una parte de los trabajadores de ese colectivo, dejándose al margen a aquellos con contratos ocultos, nombrados para dar servicio a los concejales del PP cuyas condiciones laborales son desconocidas, al menos para CGT , tan solo sabemos que ganan más que sus compañeros y que entraron en nuestro Ayuntamiento como los Altos Cargos, a dedo.
Entre otras cuestiones, el Documento firmado por aquellos que dicen que no firmaron el Acuerdo Convenio Retrógrado (CCOO) y por CSIF , los “Palmeros del Faraón”, implicó, entre otras cosas, pasar a los trabajadores Laborales indefinidos por sentencia e interinos a Funcionarios interinos, lo que sobre el papel es una aberración que provocó un muy peligroso precedente en nuestro Ayuntamiento, todo ello sin el conocimiento ni consentimiento de los trabajadores afectados.
Ahora la Jueza del Juzgado de lo Social en su Sentencia dice que no existe despido, cuestión que argumentaba el Abogado de los compañeros arrollados por el Acuerdo, pues según la sentencia, existe una continuidad de su relación laboral con la Corporación, todo ello a pesar de existir una sentencia anterior que les declaraba Indefinidos y de que, como se reconoce en la propia Sentencia, hayan sido modificadas también sus condiciones salariales, esto lo justifica la Jueza por la necesidad de reestructuración y negociación argumentada por los firmantes CCOO, CSIF Y LA CORPORACION en el texto del Acuerdo.
No obstante, ya se ha anunciado el correspondiente recurso de la Sentencia que esperamos ponga las cosas en su sitio.
Esto, deja en evidencia la importancia que tiene no dejar que “cualquiera”, desde sus Púlpitos Sindicales Subvencionados, pueda decidir con una simple firma nuestro futuro de forma tan lamentable. Es importante decir que UGT no firmó este acuerdo, pero tampoco ha mostrado en ningún momento su rechazo público al mismo, pues como todos sabemos, existe un acuerdo tácito de no agresión y de apoyo entre estos sindicatos cada vez mas hermanados CCOO y UGT.
2- Hoy se ha quedado visto para resolución, un Laudo Arbitral al respecto de la imposibilidad de ejercer su derecho al voto a mas de 1.600 trabajadores del Organismo Autónomo Agencia Para el Empleo, la Dirección del Organismo apoyada por la Dirección General de Relaciones Laborales, pese a la denuncia de CGT , ha excluido del Censo Electoral a todos estos trabajadores con el argumento de que van a cargo de subvención y no están acogidos al Convenio Único ni al Acuerdo Convenio. Conviene recordar que estos trabajadores tienen un contrato firmado con el Organismo Autónomo, que el Artículo 69.2 del Estatuto de los Trabajadores indica que serán electores todos los trabajadores de la empresa mayores de 16 años y con una antigüedad de al menos un mes en la empresa. En el caso que nos ocupa, tal y como se expone en el informe emitido por la Subdirección General de Relaciones Laborales, en el momento de la votación señalada para el día 28 de abril, todos los trabajadores señalados llevarán prestando servicios para la Agencia para el Empleo más de un mes, por lo cual cumplen los requisitos legales para ser incluidos, al menos como electores.
Lamentablemente esta vez han sido UGT y CSIF los que han apoyado abiertamente a la Empresa en su intento de limitar el derecho de los trabajadores a ejercer su derecho a elegir a sus representantes, tenemos que decir que es muy sorprendente, pero sobre todo lamentable ver como desde Sindicatos de Clase se defiende el recorte de derechos básicos de los trabajadores. En este caso, CCOO ha apoyado la denuncia de CGT estando de acuerdo también en que estos trabajadores deben ejercer su derecho al Voto. El sindicato CSIT-UP se ha limitado a decir que espera un Laudo ajustado a derecho, postura del todo inaceptable para un Sindicato que pretende ser alternativo en nuestro Ayuntamiento. Cuando se conozca la resolución del Laudo os lo comunicaremos.
- Sentencia conductores Abril 2011
COMPAÑERAS Y COMPAÑEROS HAY UNA CUESTION QUE ES MAS QUE EVIDENTE, ES NECESARIO DAR UN CAMBIO A LA REPRESENTACION SINDICAL EN NUESTRO AYUNTAMIENTO Y SUS OOAA. EL FUTURO ESTÁ EN TU MANO.