Os adjuntamos sentencia de un compañero interino discontinuo al cual el SEPE (Servicio Público de Empleo, antiguo INEM), le ha tenido que reconocer su derecho a recibir la prestación por desempleo tras cumplir el periodo estipulado para obtener la prestación.
El problema, es que para el SEPE, la relación contractual es de fijo- discontinuo, cuando en realidad, el contrato con el Ayuntamiento es temporal (interino con cargo a vacante), y por este motivo, el SEPE interpreta que el derecho tiene que ser aplicado de manera restrictiva, restándole varios meses de subsidio al trabajador.
Si este es tú caso, no dudes y defiende tus derechos en los tribunales.
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