SENTENCIA TRIBUNAL SUPREMO: LOS TRABAJADORES PUEDEN GRABAR LAS CONVERSACIONES CON LOS JEFES EN SITUACIONES DE DESPIDOS O SANCIONES
Domingo 11 de enero de 2015
Grabar al jefe con el móvil, sin su consentimiento, mientras te entrega una carta de despido o te sanciona no atenta a su intimidad ni al secreto de las comunicaciones.
Así lo establece una sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo que confirma una resolución anterior de la Audiencia Provincial de Vizcaya. En ella se desestimó la demanda presentada por el apoderado de una sociedad mercantil que demandó a una de sus trabajadoras tras saber que le había grabado la conversación por la que se le suspendía de empleo y sueldo.
El empresario la había demandado y solicitado una indemnización de 3.000 euros por entender que la mujer había lesionado su derecho constitucional a la intimidad.
La resolución del Supremo, señala que la conducta de la empleada -quien se consideraba sometida a un hostigamiento laboral continuado por parte de su jefe, incluyendo ofensas verbales y escritas-, no supuso una intromisión ilegítima en la intimidad de su jefe en la empresa.
La razón es que en la conversación grabada no contenía ningún dato que pudiera considerarse como concerniente a la vida íntima o personal del directivo, que actuaba como representante de la empresa y en el ejercicio de facultades disciplinarias respecto de ella “sin que eso suponga una manifestación de su intimidad”.
La sentencia del Supremo añade “una nota de razonabilidad a la conducta de la demandada” debido precisamente a la situación de conflicto que existía en la relación con su jefe.
La conversación se desarrolló en la puerta de la empresa en agosto de 2009 y justo en el momento en el que el apoderado le entregaba a la demanda una carta de amonestación y sanción de suspensión de empleo y sueldo.
ANTE LA DUDA, UTILIZA SIEMPRE TÚ MÓVIL PARA REGISTRAR LA CONVERSACIÓN CON TUS JEFES. SIEMPRE PODRÁS USARLA EN CASO DE TENER QUE ACUDIR A LOS TRIBUNALES.